¿Qué hacer con la garantía?


Debe conservar el tiket de compra, ya que su presentación es necesaria para cualquier tipo de comprobación, cambio o devolución.

El Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre otorga a los bienes de naturaleza duradera una garantía legal de 2 años a partir de la fecha de entrega. El consumidor y usuario deberá informar al vendedor de la falta de conformidad en el plazo de dos meses desde que tuvo conocimiento de ella.

No se incluye en la garantía de los artículos deficiencias por negligencias, manipulaciones y usos indebidos, tensión no idónea de conexión, por desgaste de uso personal, golpes, instalaciones no realizadas por el servicio técnico autorizado cuando este proceda, eliminación de virus, restauración de programas por este motivo, borrado de disco duro provocado por el mismo en equipo informáticos.

En aquellas incidencias que justifiquen el uso de la garantía, se optará por la reparación, sustitución del artículo, rebaja o devolución, en los términos legalmente establecidos.

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