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Ventajas y normativas de los patinetes como medio de transporte

Publicado en22/09/2020

Ventajas y normativas de los patinetes como medio de transporte

Actualmente, el patinete ya es un medio de transporte común en muchas ciudades, y por las ventajas para los usuarios que enumeraremos y explicaremos a continuación no será una moda pasajera y cada vez su uso será más común en nuestro entorno.

Dentro de las ventajas más importantes podemos destacar las siguientes:

  1.     Ecología: Es un medio totalmente sostenible y ecológico que no produce ningún tipo de contaminación ambiental.
  2.     Precio: Aunque depende del modelo y prestaciones del patinete, el precio siempre será menor a la mayoría de transportes, encontrándose entre los 250 y 500€.
  3.     Movilidad y peso: Al ser plegables se pueden guardar sin ocupar espacio en cualquier lado, además su peso es relativamente bajo, oscilando entre los 7kg y los 12 kg.
  4.     Autonomía y ahorro: Los patinetes se pueden cargar en un plazo de 5 horas, y puede recorrer aproximadamente 25 kilómetros. Esta autonomía en horas significa que con un patinete podrás realizar aproximadamente 2 horas de uso continuo. Además, podremos evitar los molestos atascos habituales en las ciudades.
  5.     Velocidad: Con un patinete podremos alcanzar hasta los 60km/h aunque los modelos comunes la velocidad oscila entre los 15 6 los 35km/h.
  6.     Usabilidad: ya no es simplemente por la comodidad, por evitar atascos o por su bajo peso. Además de esto podremos incorporar una cesta y podremos llevar nuestra compra o mochila.

 

Estas ventajas podrían justificar el que hasta un 25% de los españoles ya hayan probado alguna vez un patinete y de los cuales un 85% afirman que lo seguirían utilizándolo. Además de ese 25%, más de la mitad ya están planteando adquirir uno.

 

Normativa actual de los patinetes eléctricos de la DGT

 

1. Circular bajo los efectos del alcohol o de las drogas: entre 500 y 1.000 euros en función de la tasa de alcohol, o de 1.000 euros en caso de drogas. Además, en caso de dar positivo, el vehículo quedará inmovilizado.

2. Velocidad: El límite general de velocidad es de 30 km/h, aunque cada ciudad tiene su propia normativa. Superar esta velocidad puede ocasionar dependiendo del exceso hasta los 500 euros.

3. Uso de casco: La DGT lo remite a la ordenanza municipal de cada ciudad o Comunidad Autónoma ya que, de momento, no hay una normativa nacional. En caso de que la ordenanza municipal si contemple multar por su no uso la sanción será de 200 euros.

4. Circular por aceras o zonas peatonales: 200 euros aunque podrá depender también de la ordenanza municipal.

5. Uso del teléfono móvil u otro sistema de comunicación: 200 euros.

6. Circular más de una persona: 100 euros.

7. Uso de cascos o auriculares: 200 euros.

8. Circular por la noche sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes: 200 euros.

9.  Patinetes que hayan sido modificados para alterar su velocidad o características técnicas: 500 euros.


Hay que destacar que si cualquiera de estas infracciones fuera cometida por alguien que fuera menor de edad (18 años), serán sus padres o tutores legales los que responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor y tendrán que hacerse cargo de la sanción.

Por último, a los patinetes eléctricos no se les exige una autorización administrativa para circular, ni para conducirlos, ni hace falta un seguro obligatorio. Por lo que, si cometemos alguna infracción, no se quitarán puntos.

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